lunes, 21 de febrero de 2011

Patria potestad del niño y adolescente: ¿Qué es la LOPNA?



¿Qué es la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA)?

Es una ley orgánica que tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que a través de la Protección Integral que el Estado, la familia y la Sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción.


¿Por qué se hizo la LOPNA?

Porque Venezuela suscribió y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, y con ello asumió el compromiso de adecuar la legislación nacional a los mandatos de la Convención. Para ello era necesario un nuevo texto legal con disposiciones idóneas y eficaces de defensa y promoción de los derechos y garantías a todos los niños, niñas y adolescentes.


¿Es la LOPNA una ley más?

La LOPNA no es una ley más porque es un instrumento jurídico que rompe con la vieja Doctrina de la Situación Irregular en la cual se criminaliza la pobreza y no se distingue entre menores abandonados y delincuentes, adecua la normativa interna a los preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y principios de Derechos Humanos. Esta Ley percibe al niño como persona en desarrollo, con derechos y responsabilidades inherentes a todos lo seres humanos, brindándoles protección integral en la que deben participar el Estado, la familia y la sociedad como corresponsables de garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes gocen sin discriminación alguna de las categorías de derechos como son supervivencia, protección, desarrollo y participación.

La LOPNA consagra como parte de las acciones en la garantía y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes por parte del Estado y la sociedad el diseño, ejecución, evaluación y control de políticas de protección dirigidas a esta población.


¿Qué es una violación de derechos?

Es una situación en la que se menoscaban los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico, y todos aquellos inherentes a la persona humana, aunque no figuren expresamente en la ley.


¿A quién acudo?

Se podrá acudir a dos instancias: a la judicial cuando se trate de conflictos jurídicos o sociales, se puede acudir al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y a la vía administrativa: cuando se trata de la amenaza o violación de los derechos individuales de los niños, niñas y adolescentes, se debe utilizar la intervención del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, que es un órgano administrativo que debe funcionar en cada municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la protección, en caso de amenaza o violación de los derechos y garantías de uno o varios niños o adolescentes individualmente considerados.

Existe también un servicio creado por la ley para garantizar los derechos individuales de los niños y adolescentes, que es la Defensoría del Niño y del Adolescente, la cual presta un servicio de interés público, organizado y desarrollado por el municipio o por la sociedad, para promover y desarrollar los derechos de estos.

En caso de amenaza o violación de los derechos colectivos y difusos, se debe acudir a los Consejos de Derechos del Niño y del Adolescente, que son órganos administrativos que harán posible el ejercicio pleno y efectivo de los derechos difusos y colectivos. Estos órganos administrativos funcionan a tres niveles: Nacional, Estadal y Municipal.


¿Quiénes Pueden hacer una denuncia?

El propio niño, niña o adolescente, la familia, la sociedad en general, los trabajadores de los servicios y centros de salud de las escuelas, planteles e institutos de educación, de las entidades de atención y de las defensorías del niño y del adolescente.


¿Cuándo se hizo la LOPNA?

Esta ley fue sancionada por el Congreso de la República el 2 de septiembre de 1998, y promulgada por el Presidente de la República el 2 de octubre de 1998; entra en vigencia el 1 de abril del año 2000.


¿Quién es un niño?

Un niño es toda persona con menos de doce años de edad.


¿Quién es un adolescente?

Es toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.


¿Qué es el Interés Superior del Niño?

Es uno de los Principios en los cuales se fundamenta la Doctrina de Protección Integral desarrollada en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue ratificada por Venezuela y que además está consagrada constitucionalmente y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA). Este principio de Interés Superior debe ser considerado ante todas las medidas a tomar por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos concernientes a los niños, niñas y adolescentes, es un principio de interpretación y aplicación de la LOPNA que esta dirigido a asegurar Protección Integral a la niñez y adolescencia del país tomando en cuenta su opinión, el equilibrio entre el ejercicio de sus derechos y garantías y sus deberes, su condición específica como personas en desarrollo; además del equilibrio de las exigencias del bien común, los derechos de las demás personas y los derechos de esta población.


¿Qué es la Prioridad Absoluta?

Es este otro principio fundamental en la aplicación de la Doctrina de Protección Integral que esta muy ligado al principio anterior e implica por parte del Estado, la familia y la sociedad el cumplimiento al mandato legal de atender prioritariamente las necesidades y derechos básicos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, es decir, todos, desde el ámbito de competencia correspondiente debe asumir este principio, el cual comprende preferencia en el diseño y ejecución de las políticas públicas, asignación privilegiada de los recursos públicos para las áreas de aseguramiento de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes del país, igualmente en el acceso a los servicios públicos y la atención en la protección y socorro en cualquier circunstancia.


¿Los niños y adolescentes tienen más derechos que los adultos?

No, porque la ley establece la necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niños y adolescentes y sus deberes. La ley reconoce a todos los niños y adolescentes capacidad para ejercer personal y directamente sus derechos y garantías, de forma progresiva y conforme a su desarrollo evolutivo, pero también les exige el cumplimiento de sus deberes, como sujetos plenos de derechos.


¿Qué es el CNDNA?

Es un órgano de naturaleza pública, deliberativa, consultiva y contralora que, con representación paritaria de entes del sector público y de la sociedad se encarga de velar por el cumplimiento de los derechos colectivos y difusos de los niños y adolescentes, tiene personalidad jurídica propia, y ejercerá sus funciones con plena autonomía de los demás órganos del poder público, es la máxima autoridad del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente.


¿Qué es el CEDNA?

Es un órgano de naturaleza pública, deliberativa, consultiva y contralora que con representación paritaria de entes del sector público y de la sociedad, se encargan en su respectivo estado de velar por el cumplimiento de los derechos difusos y colectivos de los niños y adolescentes. El CEDNA se regirá por lo dispuesto en la LOPNA y por lo que establezca la respectiva ley estadal.


¿Qué es el CMDNA?

Es un órgano de naturaleza pública, deliberativa, consultiva y contralora que con representación paritaria de entes del sector público y de la sociedad se encarga de velar por el cumplimiento de los derechos colectivos y difusos de los niños y adolescentes del respectivo municipio. Se regirá por lo establecido en la LOPNA y en las ordenanzas municipales que se dicten al respecto. 



10 comentarios:

  1. HOLA A TODOS. UN FUNCIONARIO DE LA DEFENSORIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, ME HIZO LLEGAR UNA CITACION A TRAVES DEL COLEGIO, PERO COMO NO PUDE IR A RETIRARLA ME MANDO MENSAJES DE TEXTO INFORMANDOME, YO ASISTI A DICHA CITACION PARA EVITAR PROBLEMAS PERO QUISIERA SABER SI ES PROCEDENTE Y CORRECTA ESTA FORMA DE HACER LLEGAR LA CITACION? YO TENIA ENTENDIDO QUE TODA CITACION DE INDOLE LEGAL, DEBIA SER ENTREGADA DIRECTAMENTE EN LAS MANOS DEL NOTIFICADO, BIEN SEA EN SU DIRECCION DE RESIDENCIA O TRABAJO, ESTOY ERRADA? GRACIAS

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    2. ¡Hola! Lo que presuntamente le pudieron haber entregado es una convocatoria que se la pueden entregar a su patrono en el colegio a la secretaria, las convocatorias son en principio para conciliar y ver cual es la controversia, se entrega 3, sino asiste toman otras medidas. Con relación a la llamada es totalmente legal, se hace el llamado telefónico para verificar su asistencia porque requieren de su presencia para saber su versión y conocer su defensa. Es bueno mantener equidad entre las partes y todos tienen derecho a la legitima defensa es por ello que se convoca a todas las partes interesadas del hecho.

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  2. Hola a todos, necesito asesoria urgente por favor pues creo que estan violando todos los derechos sagrados de mi niño de 6 años a la educación, el tiene 6 años y esta en primer grado en un colegio privado y aunque es brillante a nivel academico, tiene sindrome de TDAH (sindrome de deficiencia adquirida con hiperactividad), diagnosticado por un psicologo y neurologo reconocidosde la zona donde vivo, por ello tiene tdas las conductas propias de un niño con estas condiciones (no presta atencion, agresivo en ocasiones, super inquieto, no acata normas, siempre esta en movimiento, etc, etc), esta situacion fue notiria desde que ingreso al primer grado y en el colegio siento que no le han dado el tratamiento que amerita un niño con estas condiciones, en sintesis esta fichado no solo en su salon sino que tambien me lo han fichado en el colegio entero, para el colegio es el MONSTRUO DEL COLEGIO, asi lo ven todos sus compañeros y todos los docentes, tanto asi que en una oportunidad la maestra se dio el lujo de decirme que mi hijo era su PESADILLA, ellos dicen haber empleado todas las estrategias posibles pero nada, lo cual lo dudo porque yo he empleado las pautas seguidas por el psicologo y estan funcionando en mi casa y en otros sitios donde el estudia en las tardes, asumo que en el colegio no han puesto realmente de su parte para ayudar en el caso del niño, y es lo mas conveniente y comodo para ellos EXPULSARLO, es lo que me proponen, no me han dicho que lo van a votar pero me han sugerido en varias oportunidades que lo mejor para TODOS es retirar al niño de inmediato y colocarlo en otro colegio, pregunto yo, esto es DEFENDER LOS DERECHOS DEL NIÑO A LA EDUCACION?, ESTA ACTUANDO DE FORMA CORRECTA EL COLEGIO QUERIENDOSE DESLIGAR DEL PROBLEMA EN LUGAR DE AYUDAR A SOLUCIONARLO?, como me piden que a estas alturas yo saque a mi niño de alli, eso cambio lo afectaria mucho, si de por si el ya tiene problemas entonces esto a mi parecer complicaria mas todo, como no lo he querido hacer porque no me parece justo, me mandaron a citar con un fiscal de la defensoria de los derechos del niño, alegando que todo es culpa de los padres que no estamos avocados al problema, este señor a primera vista lo notamos parcializados totalmente con el colegio, tenia un expediente completo con todos los soportes del colegio que para èl ERAN VALIDOS sin verificar ni investigar tal como lo establecen las funciones de estos funcionarios publicos, asi de simple, yo lleve por mi parte todos mis soportes medicos y de otras indoles, y este señor ni se digno a verlos, leerlos o pedirmelos para anexarlos al expedente, que puedo pensar yo???? encima de esto le hale de la condicion del niño que el actua asi no es porque le da la gana o por malcriado sino porque este sindrme domina su mente y sus estimulos y la unica manera es siendo tratado con medicamentetos, pero este señor hizo caso omiso de este informe emitido por un medico reconocido, dijo que su comportamiento NO TIENE NADA QUE VER CON EL TDAH SINO CON LA CRIANZA QUE TIENE DE LOS PADRES, no solo esto, sino que nos hablo que con las evidencias que tiene del colegio facilmente puede solicitar que nos quiten la patria potestad del niño o incluso podiamos tener pena de carcel por 3 o 6 meses por malos padres, dicho con otras palabras. Yo quisiera por favor que alguien competente y que conozca del tema, me asesore y me indique las acciones que debo tomar o en su defecto me diga si yo estoy errada y este Defensor tenia toda la razon ? Mil gracias por su atencion.

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  3. Buenas tardes quisiera saber a que organismo acudo para que me den la patria potestad de mi hija, yo vivo en casa de mi abuela y me voy a ir de alli pero mi hija no quiere ella tiene 15 años, nunva hemos vivido con el padre de ella y quiero llevarmela adonde yo voy por favor necesito ayuda. si pueden por afvor escribanme a mi correo rosannamiryam@hotmail.com

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  4. buenos dias a todos necesito una accesoria tengo una niña de 6 años y ya tengo alrededor de 2 meses que la mama no me la deja ver por el simple hecho de que ella metió a vivir a una hombre a su casa y quiere que la niña lo vea como su papa , y la niña llora por verme y la mama no la deja venir a la casa ya que vivimos cerca e pasado cerca de la casa de donde vive mi hija porque los vecino me a dicho que esta llorando porque quiere verme mi hija y la mama le pega

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  5. Buenas, me preguntaba a donde tengo que acudir en el caso de un niño en situacion de calle, ya que por mi casa se han visto alrededor de 3 en un estado deplorable, por favor, espero sus respuesta con ansias.

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  6. Hola buenas, La mama de mi hijo y yo terminamos, ella la relacion de nosotros la agarra con el niño, yo me hago cargo de el, pero ella no me lo deja ver, ni me deja pasar dias o tiempo con el.. a Donde tengo que acudir

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  7. Hola buenas, La mama de mi hijo y yo terminamos, ella la relacion de nosotros la agarra con el niño, yo me hago cargo de el, pero ella no me lo deja ver, ni me deja pasar dias o tiempo con el.. a Donde tengo que acudir o que tengo que hacer

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  8. Buenas noches necesito una asesoría tengo una prima de 12años de edad que su madre nunca ha velado por ella de hecho la niña vive es con su abuela materna sin embargo ésta señora es de tercera edad y vive en condiciones precarias y de ezcases la señora no trabaja y solo se mantiene con su pensión la niña paso a primer año y no sabe escribir bien Lee cómo niña de segundo grado y tiene muchas otras deficiencias yo la tuve en mi casa durante las vacaciones escolares y me dedique a enseñarla le di techo comida ya que cuento con recursos para ello y la abuela ahora se llevó a la niña de forma arbitraria y no permite que la niña tenga contacto con nosotros por qué alega que se la queremos quitar. Yo estoy en contacto teléfonico con el padre ya que el está fuera del país. Y no sabemos cómo podemos ayudar a la niña.

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